Director General: Isaac Gutiérrez Martínez                         Teziutlán, Pue. a                                  email: diariodeteziutlan@hotmail.com


jueves, 29 de julio de 2010

Sobre el desalojo a tianguistas “Es falso todo lo que dice la alcaldesa Alejandra Perdomo”

• No existe sentencia que diga se tienen que desalojar a tianguistas
• Si procediera a desalojarlos  podría costarle la cárcel por abuso de autoridad

Jalacingo, Ver.- En pasados días la alcalde de esta ciudad llevó a cabo una reunión en donde afirmó que tenía que acatar la resolución del Tribunal, en este caso desalojar a los tianguistas de Jalacingo.

Es por eso que ante tal problemática Diario de Teziutlán se dio a la tarea de dar seguimiento al problema de los tianguistas e informarle más afondo.

En entrevista exclusiva con el licenciando que asesora de manera legal a los tianguistas, Antonio Vázquez Torres se le cuestionó acerca de esta resolución: ¿Es cierto que tienen que desalojar a los tianguistas? Antonio Vázquez Torres. "Es falso todo lo que dice la alcaldesa Alejandra Perdomo García". Expresó:"lo digo con fundamento en documentos que tengo a la mano". Explicando lo más conveniente es que te comente la raíz del problema para entender todo el procedimiento.

Iniciando así "En el año de 1992, el señor Marcelino Díaz Bautista, Juan Luis Rojas, María de la Paz Santos Barrientos, Esther Matuz Roa, José Ángel de la Cruz Mesura, Ma. Antonia Tadeo Ramos de Cendejas, Josefina Tadeo Ramos, Miguel Cuellar, Margarita Cuellar Contreras y Laura Contreras Justo de Cuellar, comparecieron ante el Ttribunal de lo contencioso administrativo en la ciudad de Jalapa y dentro del expediente 24/1992 demandaron al cabildo del H. Ayuntamiento constitucional de Jalacingo la anulidad de la orden surgida del acuerdo de cabildo de fecha 7 de Febrero de 1992, para la instalación de un mercado tianguis en la calle Porfirio Díaz de la ciudad de Jalacingo".

En efecto el tribunal de lo contencioso al considerar que se encontraba falta de fundamentación y motivación esta resolución del cabildo decreto en su sentencia de fecha 10 de Junio de 1992 en su resolutivo.

Recalcando el entrevistado. "Se resuelve la sentencia que los actores probaron su acción, en consecuencia se anula el acto de autoridad, en el resolutivo tercero dice se condena al h. Ayuntamiento de Jalacingo a ordenar el retiro del mercado tianguis instalado sobre el arroyo de la calle Porfirio Díaz. Si nos remitimos, (regresamos), a esa sentencia nos damos cuenta de que esta se refiere a los tianguistas de ese tiempo de 1992. Que era un tianguis permanente que estaba en el lugar de lo que hoy es él mercado municipal, esa sentencia estaba dirigida a ellos y con esa sentencia en ese tiempo para que él ayuntamiento, no tuviera problemas lo que hizo fue construirles un mercado municipal en donde fueron alojados la mayoría de los que en ese tiempo fueron tianguistas".

Por otra parte acentuó Vázquez Torres "Con el transcurso del tiempo algunas personas se quedaron afuera, en la banqueta y así fueron aglutinándose más tianguistas de manera irregular desde luego con él apoyo de las autoridades municipales subsecuentes".

Indicando "fue creciendo el tianguis en la calle Porfirio Díaz, con posterioridad los comerciantes que se  encontraban como semifijos afuera del mercado con él tiempo se constituyeron en una asociación civil que se denominó -Unión de Comerciantes Fijos y Semifijos de Jalacingo, Ver-. Ante Notario Público Número Dos el día 23 de Noviembre de 1999".

 Para esto resulta que se inconformó uno de los demandantes de  expediente del 24/1992 que fue Marcelino Díaz Bautista él interpuso un recurso de queja que perdió por unanimidad de votos resolvió que se declaraba improcedente el recurso de queja  interpuesta por Marcelino Díaz.

"Esto quiere decir que no era el mismo acto y la sala del Tribunal dijo que en efecto la situación que muestran las 4 fotografías y el video acerca de los puestos instalados en lado oriente de la calle Porfirio Díaz a la altura del gimnasio municipal es totalmente nueva y diferente a la demandada y anulada en el juicio de nulidad número 24/1992, puestos que se instalan únicamente los sábados  y domingos. Posteriormente acentuó Vázquez Torres que  el licenciado que asesora el caso en el mes de septiembre del año 2002 diversos vecinos de la calle Porfirio Díaz, interpone una demanda administrativa en contra del H. Ayuntamiento de Jalacingo los que comparecieron en esa demanda y que precisamente fue radicado el expediente administrativo 148/2002 son: Marcelino Díaz Martínez, Marcelino Díaz Bautista, Maximino Marín Herrera, José ángel de la Cruz Mesura, María de la paz santos Barrientos, Ma. Esther Juliana Roa Matuz y Francisco Reyes Murrieta. Ellos demandaban la cancelación de la orden surgida dentro del ayuntamiento de Jalacingo, Veracruz respecto de la instalación de un tianguis por tiempo indefinido en la calle Porfirio Díaz de  esa ciudad.

Por lo que afirmó Antonio Vázquez "solo era una orden surgida dentro del H. ayuntamiento para establecer un tianguis y eso fue dirigido mediante un oficio a cuatro personas: Marcelino Díaz Bautista, José Ángel de la Cruz Mesura, María Esther Juliana Roa Matuz y Francisco Reyes Murrieta, es importante destacar que no todos los vecinos antes mencionados del expediente administrativo 148/2002, que pusieron la demanda acreditaron tener interés jurídico ya que los oficios donde se iba a instalar un tianguis no iban dirigidos a todos; solamente a los últimos cuatro mencionados".

Recordemos también que Maximino Marín Herrera quién estuvo presente en la reunión del Jueves pasado no acreditó tener interés jurídico, entonces no tenia porque estar presente en la reunión pasada del jueves.

Prevaleciendo Antonio Vázquez, dijo entonces "Reitero en ninguna de las dos sentencias a las que nos hemos referido se decreta que la presidenta municipal de Jalacingo, Ver. deba desalojar la calle Morelos y Porfirio Díaz a los tianguistas aglutinados dentro de la Asociación Civil Unión de Comerciantes Fijos y Semifijos de Jalacingo, Ver".

Por lo que reiteró Vázquez Torres, "pero de manera ilegal la presidenta resolvió que ella tiene que ejecutar la sentencia del año 1999, dictada precisamente el 10 de Junio que era en contra de los antes tianguistas que hoy son locatarios del mercado municipal".

Ella asegura que la tienen que ejecutar cuando es ilegal la ejecución que ella pretende, por que de acuerdo al artículo 27 de la ley de justicia administrativa del estado Veracruz vigente en esa época y que decía a falta de disposiciones expresa es supletorio de la ley de justicia administrativa el código de procedimientos civiles para el Estado de Veracruz en su artículo 375, dice: La acción para pedir la ejecución de una sentencia tras la acción o convenio judicial dura 10 años, es decir a esta fecha que pretende la presidenta ejecutar esta sentencia del año 1992, esta para la ejecución a prescrito por lo tanto no tiene ningún derecho para ejecutar y menos en contra de los que no promovieron la demanda administrativa  en 1992.

(Por otro le dije al licenciado) La presidenta me dijo en entrevista para Diario de Teziutlán que los tianguistas solicitaron un amparo al Tribunal Federal, por lo que el Tribunal le da la razón al H. Ayuntamiento para que sean desalojados los tianguista, eso dijo la alcaldesa.
Explicando el licenciado Antonio Vázquez Torres, "Ante las acciones tomadas de la presidenta municipal de no dejar instalarse a los tianguistas anteponiendo a seguridad pública siempre, ante esta situación tuvimos la necesidad de anteponer un amparo en esa ocasión del año a finales del 2008, sin embargo aún con la suspensión provisional que teníamos y la definitiva insistía la alcaldesa en desalojar con la fuerza pública por delante, reiterando tuvimos la necesidad de pedir el apoyo de la mayoría del pueblo, reuniendo aproximadamente a 5 mil personas quienes apoyaron a una manifestación; producto de ese movimiento se tuvieron platicas  en la Secretaria de Gobierno en Jalapa comprometiéndose la alcaldesa a entrar a un dialogo, moderar un trato con la ciudadanía, dicho convenio nunca lo cumplió".

"Cuando llegaron al convenio ante la Secretaria de Gobierno nos deshicimos del amparo que habíamos promovido sin embargo ella no cumplió con la minuta que se levantó y en el mes de Marzo del año 2009 quiso desalojar mediante una resolución que ella se invento, por lo tanto nosotros nos vemos nuevamente en la necesidad de interponer otro amparo para contener esa intención de la alcaldesa y nos dieron la suspensión provisional, la suspensión definitiva en su momento y de esa manera hemos ido conteniendo de su ilegal intención de practicar un desalojo del cual ninguna sentencia le ordena".

Por otra parte le preguntamos al licenciado (en base a lo que ella nos dijo en entrevista a este medio el jueves pasado), ella dice que si no acata la orden del Tribunal tendría que pagar una multa pecuniaria que apega aproximadamente a 45 mil pesos.

a lo que el licenciado respondió "Existe una resolución del Tribunal de lo contencioso administrativo de fecha 26 de Noviembre del 2008, en donde efectivamente se le pide que cumpla cabalmente pero no le dicen como, no le dicen que sentencia tiene que cumplir ni como la debe de cumplir. Esta resolución la perciben del 26 de Noviembre del 2008 dentro del expediente 148/2002 del tribunal de lo contencioso administrativo, percibiéndolo como una multa pero no con la cantidad que ella te dice, si no con la cantidad de: 4 mil novecientos cincuenta pesos que equivale a 100 días de salarios mínimos, en esto también miente".

Por último dijo, "La sentencia de amparo no salió favorable a ella ni a nosotros los tianguistas". Así mismo el Licenciado mencionó que sería conveniente, preguntarle a la presidenta ¿En que sentencia del amparo dice que tiene que desalojar a los tianguistas de determinado lugar?.

Expresando esto, no es más que una revancha de la presidenta municipal en contra de los Comerciantes Fijos y Semifijos. Remarcando en el último y peor de los casos es, se le ha dicho a la alcaldesa aun cuando la sentencia del 2002 ya prescribió su ejecución vamos a tenernos a lo que dice desalojar la calle Porfirio Díaz y solamente dejar los que están en la banqueta del lado oriente.

Advirtiendo el licenciado que asesora de manera legal a los tianguistas "Estamos analizando la posibilidad de presentar una denuncia en el Ministerio Público por abuso de autoridad en contra de la presidenta municipal ya que se está extralimitando en lo que se le está pidiendo el Tribunal de lo contencioso, eso puede encuadrar en el delito de abuso de autoridad, este abuso esta contemplado en el artículo 317 del código penal y se habla sobre la penalidad que se impondrá de 2 a 8 años de prisión y multa hasta de 200 días de salario al servidor público que legalmente ordene un acto o inicie un procedimiento en beneficio propio, ajeno o en perjuicio de alguien.

Resaltando "no creo que pase de una semana y tengamos que presentar la denuncia ante la Agencia del Ministerio Público Especializado de Jalapa para que analicen la posibilidad de que la presidenta municipal está cometiendo un Abuso de Autoridad en contra de los tianguistas.
 

...

El Diario de Teziutlan. Av. Miguel Hidalgo No. 1 Carretera a Ahuateno esq. Bajada San Francisco Col. centro. Tel. 231-31-268-67

...

Versión digital del Diario de Teziutlán. Ver. 1.0. Queda Estrictamente prohibida su reproducción y cualquier otro uso sin previa autorización.

Copyright © 2010 All Rights reserved. Bajo diseño de AGNUS® publicidad. Versión 1.0. Lic. Alberto Mironn. Webmaster.